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Descargar PDF (opens in new tab)Formulario HUD-5380 (30/06/2017) — Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos — Núm. de aprobación de OMB 2577-0286
Autoridad de Vivienda del Condado de Merced
Aviso de Derechos de Ocupación bajo la Ley sobre la Violencia contra la Mujer
A todos los inquilinos y solicitantes
La Ley sobre la Violencia contra la Mujer (VAWA, por sus siglas en inglés) dispone protecciones para las víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Las protecciones de la VAWA no solo están disponibles para las mujeres, sino que están disponibles por igual para todas las personas independientemente del sexo, identidad de género u orientación sexual. El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) es la agencia federal que supervisa que el Vale de Elección de Vivienda, el Bono Basado en Proyectos y Viviendas Públicas cumplan con VAWA. Este aviso explica sus derechos bajo VAWA. Un formulario de certificación que ha sido aprobado por HUD se adjunta a este aviso. Puede llenar este formulario para demostrar que usted es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso, y que desea ejercitar sus derechos bajo VAWA.
Protecciones para los solicitantes
Si también es elegible para obtener asistencia bajo el Vale de Elección de Vivienda, el Bono Basado en Proyectos y Viviendas Públicas, no se le puede denegar la admisión ni la asistencia porque es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso.
Protecciones para los inquilinos
Si usted recibe asistencia bajo el Vale de Elección de Vivienda, el Bono Basado en Proyectos y Viviendas Públicas, no se le puede denegar la asistencia, terminar su participación en el programa o ser desalojado de su vivienda de alquiler porque es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso.
Además, si usted o una persona afiliada a usted es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso por parte de un miembro de su hogar o algún invitado, a usted no se le puede denegar la asistencia de alquiler o derechos de ocupación bajo el Vale de Elección de Vivienda, el Bono Basado en Proyectos y Viviendas Públicas, exclusivamente sobre la base de actividad delictiva directamente relacionada con tal violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso.
Persona afiliada significa su cónyuge, padre/madre, hermano, hermana o hijo/a, o una persona para quien usted cumple la función de padre o guardián (por ejemplo, la persona afiliada está bajo su cuidado, custodia o control); o cualquier persona, inquilino u ocupante legal que viva en su hogar.
Desalojar al agresor o perpetrador del hogar
La Autoridad puede dividir (bifurcar) su contrato de arrendamiento para desalojar a la persona o terminar la asistencia de la persona que haya participado en actividades delictivas (el agresor o perpetrador) que se relacionan directamente con violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso.
Si la Autoridad decide desalojar al agresor o perpetrador, no puede quitar los derechos de los inquilinos a la unidad ni castigar de otro modo a los inquilinos restantes. Si el agresor o perpetrador que fue desalojado era el único inquilino con elegibilidad establecida para recibir asistencia bajo el programa, la Autoridad debe permitir que el inquilino que es o haya sido la víctima y otros miembros del hogar permanezcan en la unidad por un período de tiempo, para poder establecer su elegibilidad bajo el programa o bajo otro programa de vivienda HUD cubierto por VAWA, o bien, para encontrar vivienda alternativa.
Al remover al agresor o perpetrador del hogar, la Autoridad debe seguir los procedimientos de desalojo federales, estatales y locales. A fin de dividir un contrato de arrendamiento, la Autoridad puede, pero no está obligada, pedirle la documentación o certificación de las incidencias de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso.
Trasladarse a otra unidad
A petición suya, la Autoridad puede permitirle mudarse a otra unidad, sujeto a la disponibilidad de otras unidades, y aun así mantener su asistencia. Para aprobar una solicitud, la Autoridad puede pedirle que proporcione documentación que indique que usted solicita mudarse debido a un caso de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Si la solicitud es un pedido de traslado de emergencia, el proveedor de vivienda puede pedirle que presente una solicitud por escrito o llene un formulario donde certifique que usted reúne los criterios para un traslado de emergencia bajo VAWA. Los criterios son:
(1) Usted es víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso.
(2) Usted solicita expresamente el traslado de emergencia.
(3) Usted tiene razón para creer que se encuentra en peligro de daño inminente de violencia adicional si permaneciera en su unidad actual. O BIEN Usted ha sido víctima de agresión sexual y la agresión ocurrió en las instalaciones durante un período de 90 días naturales antes de solicitar el traslado.
La Autoridad mantendrá en confidencialidad las solicitudes para traslados de emergencia hechas por víctimas, y el lugar al que se muden las víctimas y sus familias. El plan de traslado de emergencia de la Autoridad proporciona más información sobre los traslados de emergencia.
Documentar que usted es o ha sido víctima
La Autoridad puede, aunque no esté obligada, pedirle que proporcione documentación para «certificar» que usted es o ha sido víctima de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Dicha solicitud debe ser por escrito, y la Autoridad debe concederle un mínimo de 14 días laborables (no cuentan los sábados, domingos ni días feriados federales) desde el día que usted reciba la solicitud para proporcionar la documentación. Usted puede proporcionar una de las siguientes:
- Un formulario completo de certificación aprobado por HUD
- Un registro de una agencia policial, administrativa o corte federal, estatal, tribal, territorial o local
- Una declaración firmada por usted junto con un profesional (proveedor de servicios para víctimas, abogado, profesional médico o de salud mental)
- Cualquier otra declaración o evidencia que la Autoridad esté de acuerdo en aceptar
Si usted no cumple o se niega a proporcionar uno de estos documentos dentro del plazo de 14 días laborables, la Autoridad no tiene que proporcionarle las protecciones contenidas en este aviso. Sin embargo, la Autoridad tampoco tiene que denegarle las protecciones basándose únicamente en el hecho de no haber proporcionado documentación.
Si la Autoridad recibe evidencia contradictoria de que se ha cometido un incidente, tiene el derecho de solicitar que usted proporcione documentación de terceros dentro de 30 días naturales para poder resolver el conflicto.
Confidencialidad
La Autoridad debe mantener en confidencialidad cualquier información que usted proporcione relacionada con el ejercicio de sus derechos bajo VAWA, incluido el hecho de que está ejercitando sus derechos bajo VAWA.
La Autoridad no debe permitir que ninguna persona que administre asistencia u otros servicios en nombre de la Autoridad (por ejemplo, empleados y contratistas) tenga acceso a información confidencial a menos que sea por razones que requieran específicamente que estas personas tengan acceso a esta información bajo la estipulación de leyes federales, estatales o locales aplicables.
La Autoridad no debe ingresar su información en ninguna base de datos compartida ni revelar su información a ninguna otra entidad o persona. Sin embargo, la Autoridad puede revelar su información si:
- Usted da su autorización por escrito para que la Autoridad revele la información por un tiempo limitado
- La Autoridad necesita usar la información en un proceso de desalojo o terminación
- Una ley requiere que la Autoridad o su arrendador revele la información
Razones por las que un inquilino puede ser desalojado o su asistencia puede ser terminada
Usted puede ser desalojado o su asistencia puede ser terminada por violaciones serias o repetidas de su contrato de arrendamiento que no estén relacionadas con violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Es posible que las protecciones descritas en este aviso no sean aplicables si la Autoridad puede demostrar un peligro físico real e inminente para otros inquilinos o aquellos que trabajan en la propiedad si no se le desaloja o termina su asistencia. La amenaza debe ser un peligro físico real que:
- Ocurriría en un plazo inmediato, y
- Podría resultar en la muerte o daño físico grave
Otras leyes
VAWA no reemplaza ninguna ley federal, estatal o local que proporcione mayor protección a las víctimas de violencia doméstica, violencia de pareja, agresión sexual o acoso. Usted puede tener derecho a otras protecciones de vivienda para las víctimas bajo otras leyes federales, así como bajo las leyes estatales y locales.
Incumplimiento de los requisitos de este aviso
Usted puede reportar las violaciones de estos derechos por parte de un proveedor de vivienda cubierto y buscar ayuda adicional comunicándose con la oficina local de San Francisco al 415-489-6401 o CA_Webmanager@hud.gov.
Para obtener más información
Consulte la regla final VAWA publicada el 16 de noviembre de 2016 en 81 Fed. Reg. 80724. Para preguntas relacionadas con VAWA en el Vale de Elección de Vivienda, comuníquese al (209) 722-3501 ext. 109 o 165. Para Viviendas Públicas, comuníquese con el Gerente Activo.
Recursos de contacto
- Línea Nacional de Ayuda para la Violencia Doméstica: 1-800-799-7233
- TTY (personas con impedimentos auditivos): 1-800-787-3224
- Valley Crisis Center: 209-727-7900
- Centro de Recursos para el Acoso: victimsofcrime.org/our-programs/stalking-resource-center (opens in new tab)
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